BASES LEGALES – SORTEO 1.000 € MENSUALES – KIT DIGITAL
1. ORGANIZADOR DEL SORTEO
La empresa Aeuroweb S.L., con domicilio social en Gran Vía Marqués del Turia 49, piso 2, oficina 6, 46005 – Valencia, en adelante, el Organizador, organiza un sorteo mensual con fines promocionales, dirigido a sus clientes beneficiarios del programa Kit Digital.
2. OBJETO DEL SORTEO
El sorteo tiene como finalidad incentivar y premiar a los clientes que, durante el ejercicio 2025, hayan contratado servicios digitales a través del bono del Kit Digital gestionado mediante Aeuroweb como agente digitalizador adherido al programa.
3. DURACIÓN Y FRECUENCIA DEL SORTEO
Se celebrará un sorteo mensual con un premio de 1.000 €, comenzando el sábado 26 de abril de 2025 (primer sorteo) y finalizando el sábado 26 de diciembre de 2026 (último sorteo). Cada sorteo mensual se vinculará al número premiado con el primer premio (el “Gordo”) del sorteo oficial de la Lotería Nacional celebrado el último sábado del mes correspondiente.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar aquellas personas físicas o jurídicas que cumplan con todos los siguientes requisitos:
– Tener una factura emitida por Aeuroweb entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, vinculada a un bono del Kit Digital, pagada y asociada a un contrato en vigor.
– Que la factura tenga menos de 12 meses de antigüedad respecto de la fecha del sorteo.
– El cliente participará en todos los sorteos mensuales posteriores a la fecha de su factura, mientras no haya transcurrido más de un año desde su emisión y desde que la factura esté pagada.
– Cada factura dará derecho a una participación. Si un cliente tiene varias facturas vinculadas a distintos acuerdos de Kit Digital, participará con todas. Si tiene varias facturas del mismo acuerdo, solo se tendrá en cuenta la de mayor importe.
– Las facturas con menos de cinco cifras se completarán con ceros a la izquierda hasta alcanzar cinco dígitos (ej.: factura 123 → 00123).
– Clientes referentes (con facturas anteriores al 01/04/2025) podrán participar si han referido a un nuevo cliente que cumpla todos los requisitos. El cliente referente participará con su propia factura y exclusivamente mientras lo haga el primero de todos sus clientes referidos que cumpla con las condiciones indicadas en estas bases legales. En caso de que un cliente referente tenga más de una factura, participarán con la de mayor importe. Si las facturas tienen el mismo importe, participarán con la que tenga el número más bajo.
– Quedarán excluidos del sorteo quienes:
* Incumplan las obligaciones del programa Kit Digital (ej. baja en RETA o cese de la sociedad durante el periodo de compromiso).
* No reciban la subvención por causas imputables al beneficiario.
* Desistan el acuerdo vinculado al bono.
* Tengan emitida una factura rectificativa asociada a la factura participante en el sorteo.
5. DETERMINACIÓN DEL GANADOR
El ganador será el titular de la factura cuyas cinco últimas cifras coincidan con el número premiado con el primer premio del sorteo de la Lotería Nacional del día correspondiente.
En caso de que no exista coincidencia exacta, el premio se declarará desierto.
6. PREMIO
El ganador podrá elegir entre:
– 1.000 € en metálico, a través de transferencia bancaria (con la retención fiscal del 19 % o la que aplique legalmente en el momento).
– Una tarjeta regalo de El Corte Inglés por valor de 1.000 €.
El premio es personal e intransferible y no puede canjearse por otros bienes o servicios.
7. NOTIFICACIÓN DEL GANADOR
El ganador será contactado mediante los datos facilitados a efectos fiscales (teléfono y correo electrónico) en un plazo de 5 días hábiles tras la celebración del sorteo.
Si no responde en un plazo de 15 días naturales, el premio se considerará desierto y no reclamable.
8. ENTREGA DEL PREMIO
Si se elige el premio en metálico, se realizará una transferencia bancaria al titular del bono Kit Digital correspondiente con la factura ganadora.
Si se elige la tarjeta regalo, esta se entregará:
– Presencialmente en las oficinas de Aeuroweb.
– Por correo certificado, si el cliente no puede desplazarse.
9. CESIÓN DE IMAGEN Y USO PROMOCIONAL
Al aceptar el premio, el ganador autoriza a Aeuroweb a realizar una fotografía con el premio y elementos publicitarios de la empresa.
Si el premio se entrega por correo o por transferencia, el ganador acepta recibir junto al premio un elemento de merchandising y se compromete a enviar una fotografía con él.
Estas imágenes podrán ser publicadas en las redes sociales, página web y otros medios de comunicación de Aeuroweb con fines promocionales.
10. PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la LOPDGDD 3/2018, Aeuroweb informa de que los datos personales serán tratados exclusivamente para la gestión del sorteo.
El participante podrá ejercer sus derechos mediante solicitud dirigida a rgpd@aeuroweb.com o al domicilio social.
11. MODIFICACIONES Y CANCELACIÓN
Aeuroweb se reserva el derecho a modificar, suspender o cancelar el sorteo en caso de fuerza mayor, imposibilidad técnica o cambios legales que lo justifiquen, sin que ello genere responsabilidad alguna para la empresa.
12. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estas bases se rigen por la legislación española. Cualquier disputa que surja en relación con el presente sorteo se someterá a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.